Afanes de superación
“LA LEY LERDO”
DATOS TOMADOS DE: MONOGRAFIA DE LA LEY DE LERDO A LA REFORMA AGRARIA /CRISTINA RENTERIA GARCIA – REGISTRO AGRARIO NACIONAL
< En 1881 el proceso se desencadeno cuando el Alcalde de La Antigua propuso modificar el uso de 439 Hectáreas de terrenos destinados como Ejido, con el fin de llevar a cabo la desamortización en el marco de la nueva Ley Lerdo.
La propuesta recibió el informe negativo del Síndico y del Regidor Municipal (cargo equivalente al de Secretario del Ayuntamiento), quienes opinaron que eso no era posible ya que la Ley sobre Reparto de Terrenos de Comunidad Indígena no lo permitía, y además el Art. 8 de la Ley Lerdo excluía precisamente de la desamortización a las tierras Ejidales. – (Ver Mapa No.1).
Mapa No.1 Reparto de lotes en 1891
Fuente: Registro Agrario Nacional (RAN), Planoteca: A-21DA (E). Ing.Ignacio Pérez Guzmán, 30 de octubre de 1890.
Digitalización: Ing. JoséEsteban Luna, 2010 en AutoCAD 2010 para Windows 7 a 64bits utilizandocoordenadas para localizar el lote.
Ante la Imposibilidad de privatizar las tierras Ejidales, el Alcalde se centró en desamortizar las tierras de común repartimiento.
En 1891, (un año antes de que naciera la Estación de San Francisco de las Peñas), el Alcalde de la Antigua abre una convocatoria de inscripción entre los vecinos interesados en acceder a la propiedad de esas tierras; se inscribieron 87 personas, mediante sorteo con presencia de las Autoridades Estatales se le concedió un lote de 18 Hectáreas a 82 personas dentro de ellas 38 Mujeres, aunque sin documentos que acreditaban la división. (Expediente 5099 – Ejido La Antigua Foja No.3).
De acuerdo con el Art.8 de la Ley de Lerdo, el Ayuntamiento reservo para uso común las 439 Hectáreas de tierras Ejidales.
En 1895, el Regidor del Ayuntamiento de La Antigua modifico, sin justificación alguna, su posición respecto a la desamortización de las tierras Ejidales, mostrándose ahora favorable a ello.
En un comunicado hacia el Cabildo decía lo siguiente:
Para terminar la adjudicación del cuarto de sitio de ganado mayor reservad para Ejido de La Antigua, debía principiarse por adjudicar en remate la parte que forma cuchilla y que limitaba al Norte y al Este con el Mar, por el Sur con el Rio y por el Oeste con el lote de terreno repartido y correspondiente al No.1 que, como la mayor parte de ese terreno, estaba compuesto de médano o duna. (Expediente 5099 Ejido La Antigua foja No.3).
En su comunicación al Cabildo considera conveniente la adjudicación a una sola persona de un lote de 125 Hectáreas de tierras Ejidales.
La propuesta fue aprobada por el Ayuntamiento y ratificada por el Gobierno del Estado Gobernada por Teodoro A. Dehesa en su 1er mandato.
En Septiembre de 1895 se llevó a cabo la diligencia de remates, adjudicándose el lote No.1 a Felipe Figueroa por la cantidad de $276 pesos.
En Octubre de 1895 se efectuó la escritura que legalizo la transacción. (Expediente 5099 Ejido La Antigua Foja No.3).
Quedando ilustrada de la siguiente manera:
Ver Mapa No.2. – (Dato tomado de la monografía de la ley de Lerdo a la Reforma Agraria/Cristina Rentería García)>
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